Activistas rechazan cambios legales en CDMX, que podrían inhibir el trabajo de las ONG’s

Ciudad de México.- La ONG Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, informó que el pasado 7 de junio, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México un decreto por el que se reforman diversos artículos del Código Penal para la Ciudad de México.
Entre ellos, expone, se incluyó el artículo 256 que equipara a los administradores, administradoras, directores y directoras de asociaciones civiles a la categoría de servidores públicos, a efecto de que puedan ser sujetos de responsabilidad penal por delitos contra la buena administración – particularmente, del delito de “corrupción”–.
“La nueva redacción del artículo 256 del Código Penal para la Ciudad de México, aunque originalmente había pretendido evitar que asociaciones civiles participen o sean partícipes en esquemas de defraudación fiscal o lavado de dinero, abre la puerta a la utilización de la persecución penal contra organizaciones civiles y amenaza el ejercicio legítimo de la libertad de asociación en México”, denuncia la organización.
Luego de lo cual aseguro que preocupa, además, la redacción tan amplia e imprecisa que describe la conducta tipificada a través del delito de “corrupción” –“(…) realice o deje de llevar a cabo lo que la ley le impone cumplir o se abstenga de realizar lo que le prohíbe, para obtener un beneficio indebido de cualquier naturaleza, inclusive económica, para sí o en favor de un tercero (…)”–.
Por ello, la ONG considera preocupante el avance en México de tendencias autoritarias para acotar, por medios fiscales y mediante el uso del poder punitivo, el trabajo que lleva a cabo la sociedad civil organizada.
Afirma que artículos como el aprobado por el Congreso de la Ciudad de México y promulgado por la jefa de Gobierno de la Ciudad, Claudia Sheinbaum Pardo, restringen el derecho a la libre asociación previsto en la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 20), en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 16) y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 9°), y podrían ser usados para perseguir a asociaciones civiles que exhiben posturas críticas, o que promueven la rendición de cuentas de las instituciones de gobierno local, afectando con ello a los sectores, comunidades y grupos vulnerables que ellas sirven, acompañan o representan.
“En tiempos en que las organizaciones de la sociedad civil han sido criticadas abiertamente desde el poder político, por recibir donativos de agencias de cooperación internacional o por ejercer trabajos que exhiben la corrupción, mala administración y las omisiones del Estado, la aprobación de una regulación que las criminaliza por la recepción de fondos públicos, aumenta su situación de riesgo”, reprocha la organización.
Particularmente, puntualiza, porque abre la posibilidad a actos arbitrarios motivados por cuestiones políticas o intereses partidistas. También, porque inhibe a las organizaciones civiles para trabajar conjuntamente con los gobiernos locales y federal, para la consecución de objetivos conjuntos.
A esta amenaza de persecución penal, asegura, se suman la eliminación del presupuesto de INDESOL, la cancelación de fondos asignados a organizaciones civiles para llevar a cabo acciones sociales, las limitaciones a partir de reformas a la Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación (anexo D), entre otras regulaciones restrictivas del trabajo de las organizaciones civiles en México.
Considera que una sociedad civil fuerte y organizada, es fundamental para la construcción de la democracia y un canal legítimo para el derecho a participar en la vida pública, y su actuación es fundamental para cuestionar y fiscalizar las acciones del Estado.
“Los enormes avances que se han logrado gracias al trabajo de grupos sociales organizados, como las reformas que permitieron la transparencia y acceso a la información, la protección efectiva del medio ambiente o de los derechos de grupos vulnerables, pueden verse truncados o amenazados por esta nueva regulación”, alerta la ONG.
Por ello, hace junto con un grupo de organizaciones defensoras de derechos humanos, un llamado al Estado mexicano a garantizar los estándares internacionales en combate a la corrupción y a proteger el derecho a la libertad de asociación de acuerdo con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el cual se establecen límites a los Estados para dictar regulaciones a las organizaciones de la sociedad civil, las cuales deben notificarse a los órganos internacionales de protección, estar estrictamente acotadas en leyes y ser de naturaleza democrática, con el objeto de prevenir y evitar su uso para cometer abusos, interrumpir o desalentar la actividad legítima de organizaciones de derechos humanos, desarrollo, acción humanitaria y con otros fines de interés colectivo en la sociedad civil.
“En la lucha contra los problemas estructurales que atañen a México, tanto en el combate a la corrupción como en la defensa de los derechos humanos y el Estado de Derecho, es urgente que se considere indispensable la participación activa de un sector social fortalecido, de ciudadanos organizados e instituciones sociales que puedan contribuir de manera significativa a estas transformaciones sin que estos sean criminalizados. Ante los nuevos intentos de restringir a la sociedad civil, hoy necesitamos todos y todas, salir a defenderla”, finaliza la denuncia de la organización y otras que la firman y acompañan.